Queridos diocesanos:
A nadie se le escapa, sobre todo si se es cristiano, lo doloroso que ha tenido que ser para los Obispos tomar algunas decisiones, cuando nuestros pueblos y ciudades se ven seriamente afectados por la pandemia, y cuando tenemos que llorar la muerte de muchos miles de personas, algunas de ellas familiares o amigos. Entre esas decisiones destaco las tomadas ya el 12 de marzo con las que, por ejemplo, los Obispos de Castilla-La Manchase suspendíamos las catequesis parroquiales y las actividades de los grupos y movimientos apostólicos, y se recomendaba a las personas mayores o pertenecientes a grupos de riesgo que evitaran acudir a las celebraciones en las parroquias. En lo que toca a nuestra diócesis de Cuenca, tres días más tarde, tras declarar el Gobierno el estado de alarma, quedaba suprimida la celebración pública de la Santa Misa con asistencia de fieles, se suspendían las celebraciones sacramentales y se cancelaban las celebraciones públicas de piedad como los desfiles procesionales, etc. Todo ello, además, en un tiempo como el de la Cuaresma, en que muchos de los actos suprimidos gozan de la participación de numerosísimos fieles.
Muchas de esas decisiones han sido tomadas por los Obispos después de un detenido examen y tras intercambiar pareceres con otros miembros del Episcopado, en nuestro caso con los Obispos de las restantes diócesis castellano-manchegas de la Provincia Eclesiástica de Toledo. En ocasiones ha sido la misma Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Española la que ha sugerido algunas actuaciones. Todas las medidas se han tomado teniendo muy presente la obligación de contribuir al bien común, la salud pública en este caso. Los Obispos hemos exhortado siempre a los fieles a vivir con serenidad estos difíciles momentos y a obedecer las disposiciones de las autoridades civiles con sentido de responsabilidad, sabiendo que si todos actuábamos así, contribuiríamos a una más temprana superación de la crisis y a limitar sus daños.
La Iglesia no solo ha apoyado las medidas tomadas por la autoridad civil, sino que, incluso, ha ido más allá de lo exigido por el tenor estricto de las medidas adoptadas con el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo y el sucesivo 465/2020 de 17 de marzo. En efecto, en el art. 11 del primero de estos Reales Decretos, en el que se trata específicamente de las medidas de contención en relación con los lugares de culto y con las ceremonias civiles y religiosas, se dice que “la asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas (…), se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro”.
Como se puede constatar, el Decreto en cuestión no ha suspendido la apertura de los templos, ni la celebración del culto, ni la asistencia al mismo. Solo pide que se eviten las aglomeraciones ˗que se definen como tales teniendo en cuenta las dimensiones de los lugares˗, y que se respete la así llamada distancia social. Por otro lado, resulta evidente que el derecho fundamental a reunirse y practicar el culto, recogido en la Constitución, no puede menos de comportar el poder moverse para asistir a los mismos. Ampararse en pretendidas medidas legales cuya existencia nadie conoce ˗y menos todavía su exacto alcance˗, e impedir en base a las mismas el acceso o la participación en los actos de culto, difícilmente podría interpretarse si no es como la suspensión de un derecho fundamental. Lo que, desde luego, no es cosa menor y no deja de producir seria preocupación.
Por nuestra parte, seguiremos observando lo establecido en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, yendo incluso, más allá del mismo, como hasta ahora, pero muy atentos, a la vez, a cualquier cambio que se produzca en la actual situación, de manera que se pueda volver cuanto antes, aunque sea de manera gradual, a la plena normalidad eclesial.