Comunicado sobre la moción aprobada por el Ayuntamiento de Cuenca referida al pago del IBI

Comparte esta noticia
Facebook
X
LinkedIn
WhatsApp

El Ayuntamiento de Cuenca aprobó ayer con los votos a favor del Partido Socialista y de la plataforma “Cuenca nos une” una moción presentada por Cuenca, en Marcha referida al pago del IBI por parte de la Iglesia católica de aquellos inmuebles de su propiedad que no estén destinados al culto.

Al respecto desde esta Oficina de Información del Obispado de Cuenca deseamos manifestar lo siguiente:

  1. El Pago del IBI está regulado por los Acuerdos Iglesia – Estado del año 1979, en la Ley de Mecenazgo de 2002 y en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 2004. Consideramos que el Ayuntamiento de Cuenca no es competente para modificar las Leyes Generales del Estado en esta materia.

 

  1. Las Leyes anteriormente citadas consideran que muchas instituciones, asociaciones, fundaciones, etc., por la labor que desarrollan, son beneficiosas para la sociedad y por tanto el Estado, con la exención del pago del IBI, busca incentivarlas para que puedan seguir realizando su labor. O sea, que la Iglesia católica no es la única que no paga IBI sino que tampoco lo pagan algunas propiedades del Estado, de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos, la Cruz Roja Española, las federaciones deportivas, las sedes de los partidos políticos y de los sindicatos, las Fundaciones, ONGs, etc, Por lo tanto claramente hay que decir que no existe ningún trato de favor ni ninguna condición especial para la Iglesia Católica  y que esta paga todos los impuestos marcados por la ley.

 

  1. Estas exenciones las concedió el Estado en los mismos términos a todas las confesiones religiosas con las que tiene convenio de colaboración: Iglesias Evangélicas, Comunidad Judía y Comisión Islámica. Por lo tanto tampoco existe ningún trato de privilegio en esta materia de la Iglesia Católica en relación con otras confesiones religiosas.

 

  1. La Iglesia Católica no se opone al pago del IBI siempre y cuando se realicen las modificaciones oportunas en las Leyes Generales que lo regulan y sea de obligado cumplimiento para todas las instituciones que en la actualidad están por ley exentas de este tributo. La Iglesia católica no desea privilegios pero tampoco discriminaciones.

 

 

Comparte si te ha gustado
CALENDARIO
Lun
Mar
Mié
Jue
Vie
Sáb
Dom
l
m
m
j
v
s
d
29
12:00 AM - Reunión FSC
30
1
2
6
9
11
12
12:00 AM - III Adviento
13
14
15
16
17
19
12:00 AM - IV Advierto
20
23
24
27
28
29
30
31
1
2
29 Nov
lunes, 29 de noviembre de 2021    
12:00 am
04 Dic
sábado, 4 de diciembre de 2021 al miércoles, 8 de diciembre de 2021    
12:00 am
04 Dic
sábado, 4 de diciembre de 2021    
12:00 am
05 Dic
domingo, 5 de diciembre de 2021    
12:00 am
08 Dic
miércoles, 8 de diciembre de 2021    
12:00 am
12 Dic
domingo, 12 de diciembre de 2021    
12:00 am
18 Dic
sábado, 18 de diciembre de 2021    
12:00 am
18 Dic
sábado, 18 de diciembre de 2021    
12:00 am
19 Dic
domingo, 19 de diciembre de 2021    
12:00 am
22 Dic
miércoles, 22 de diciembre de 2021    
12:00 am
25 Dic
sábado, 25 de diciembre de 2021    
12:00 am
26 Dic
domingo, 26 de diciembre de 2021 al jueves, 30 de diciembre de 2021    
12:00 am
01 Ene
sábado, 1 de enero de 2022    
12:00 am
02 Ene
domingo, 2 de enero de 2022    
12:00 am
Events on lunes, 29 de noviembre de 2021
29 Nov
29 Nov 21
#_TOWN
Events on sábado, 4 de diciembre de 2021
04 Dic
4 Dic 21
#_TOWN
Events on domingo, 5 de diciembre de 2021
Events on miércoles, 8 de diciembre de 2021
Events on viernes, 10 de diciembre de 2021
Events on domingo, 12 de diciembre de 2021
12 Dic
12 Dic 21
#_TOWN
Events on sábado, 18 de diciembre de 2021
18 Dic
18 Dic 21
#_TOWN
Events on domingo, 19 de diciembre de 2021
19 Dic
19 Dic 21
#_TOWN
Events on miércoles, 22 de diciembre de 2021
22 Dic
Events on sábado, 25 de diciembre de 2021
25 Dic
Events on domingo, 26 de diciembre de 2021
Events on sábado, 1 de enero de 2022
01 Ene
1 Ene 22
#_TOWN
Events on domingo, 2 de enero de 2022
02 Ene
Últimas noticias